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San Borja
Oficinas, sedes institucionales, centros de convenciones, clubes y casas. San Borja estrenó norma de ruido en agosto de 2026, así que antes de montar conviene confirmar los límites vigentes.
Norma nuevaOrd. 753-MSB (ago 2026)
Noche desde22:01
Ruido de referencia60 dB día · 50 dB noche
InfraccionesOrd. 734-MSB
En corto
San Borja aprobó el 14 de agosto de 2026 una nueva ordenanza de ruido (753-MSB): el día va de 7:01 a 22:00 y la noche desde las 22:01. La tabla de decibeles está en un anexo que no se publicó en línea, así que la referencia segura es el estándar nacional: 60 dB de día y 50 de noche en zona residencial.
San Borja tiene oficinas, sedes institucionales, centros de convenciones, clubes y zonas residenciales tranquilas. Funciona bien para eventos corporativos, congresos pequeños y celebraciones familiares.
Con una norma recién estrenada, pedimos a la municipalidad el anexo de límites antes de cotizar montajes muy temprano o eventos con música después de las 22:00, y lo dejamos por escrito en la propuesta.
¿Qué permiso hace falta para un evento en San Borja y con cuánta anticipación?
San Borja tiene dos trámites distintos. La activación comercial en un espacio público se pide con un mínimo de 20 días hábiles de anticipación y la carta de autorización llega en hasta 20 días hábiles. El espectáculo público de hasta 3 000 personas se autoriza en hasta 5 días hábiles, con certificado ITSE, póliza de responsabilidad civil y resolución de la ECSE.
| Trámite | Ante quién | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|
| Activación comercial en espacios públicos | Mesa de partes, con atención a la Oficina General de Imagen Institucional; la evalúa el Comité de Eventos | Mínimo 20 días hábiles antes; carta de autorización en hasta 20 días hábiles; horario de lunes a sábado de 8:00 a 20:00 y domingos de 8:00 a 13:00 | Municipalidad de San Borja en gob.pe (actualizado el 10 de julio de 2026) |
| Autorización temporal para espectáculos públicos de hasta 3 000 personas | Plataforma de Atención al Ciudadano, Av. Joaquín Madrid 200 | Autorización en hasta 5 días hábiles | Municipalidad de San Borja en gob.pe (actualizado el 12 de junio de 2026) |
Para personas jurídicas, la tasa publicada por la municipalidad en julio de 2026 es de S/ 4 550 por día si el evento es de interés comercial o publicitario y de S/ 1 950 por día si es cultural o educativo; el pago corresponde a exhibir una sola marca por día, en el horario establecido. Quien use un dron debe acreditar al piloto ante la DGAC y presentar el plan de vuelo.
Consultado el 5 de octubre de 2026 en las fuentes enlazadas. Verifica con la municipalidad que el procedimiento y el plazo sigan vigentes antes de presentar.
La norma
¿Qué fija la municipalidad para un evento?
| Norma | Qué fija |
|---|---|
| Ordenanza 753-MSB (14 de agosto de 2026) | Nueva norma de ruido: el día va de 7:01 a 22:00 y la noche de 22:01 a 7:00. Quien realice actividades que generen ruido debe adoptar medidas de control. Los límites en decibeles están en un anexo no publicado en línea. |
| Ordenanza 734-MSB | Tipifica las infracciones por ruido (códigos B-086, B-087 y B-088). |
| D.S. 085-2003-PCM (estándar nacional) | Referencia mientras no se publique el anexo: 60 dB de día y 50 de noche en zona residencial; 70 y 60 en comercial. |
Qué significa para tu evento
- Con la norma recién publicada, confirma los límites con la municipalidad antes del evento.
- Las obras en el distrito tienen horario (lunes a viernes de 8:00 a 17:30 y sábados de 8:00 a 13:00); si el montaje implica trabajos ruidosos fuera de ese horario, consulta antes si requiere autorización.
- Música fuerte después de las 22:00: mejor en un salón cerrado.
Lo que aplica en toda Lima
- El piso legal es el estándar nacional de ruido (D.S. 085-2003-PCM): 60 dB de día y 50 de noche en zona residencial, con la noche desde las 22:01.
- La Ordenanza 2419-2021 de la Municipalidad de Lima prohíbe la amplificación de sonido en áreas de uso público sin autorización municipal expresa.
- La pirotecnia solo la autoriza SUCAMEC (Ley 30299); ninguna otra autoridad puede hacerlo.
- Para espectáculos públicos se exige la Evaluación de Condiciones de Seguridad (ECSE, D.S. 002-2018-PCM): hasta 3 000 asistentes la tramita la municipalidad distrital y, con más, la provincial. Se solicita al menos 7 días hábiles antes del evento, o antes de empezar a montar si el montaje dura más de 7 días hábiles (trámite de la PCM en gob.pe). Carpas, escenarios y montajes temporales entran en esa evaluación.
- Desde el 16 de setiembre de 2026, la Ordenanza 2854-MML modifica la 2653-MML (base de la autorización de espectáculos públicos en Lima Metropolitana): limita a la 1:00 a. m. los espectáculos en el Cercado y el Centro Histórico y deja a cada municipalidad distrital la fijación de los horarios en su jurisdicción (El Peruano).
- La música necesita una licencia aparte de los permisos municipales: la de APDAYC (autores) y, según el uso, la de UNIMPRO y SONIEM. Se explica en la guía qué hace una productora de eventos.
- El certificado ITSE, su vigencia y qué pedirle al local se explican en la guía cómo elegir el local para tu evento.
- La licencia de funcionamiento del local debe tener giro y aforo compatibles con el evento, y no reemplaza la autorización del evento ni el permiso para usar la vía pública.
- Si el local colinda con viviendas, hospitales o colegios, se aplica el límite de la zona más protegida.
- El ruido se mide fuera del local —en la vereda, el lindero o la casa del vecino—, no en la consola.
Revisado el 16 de setiembre de 2026 con las normas publicadas en El Peruano y en los portales municipales. Las ordenanzas cambian: antes de cada evento lo confirmamos con la municipalidad y con el local. Esta página orienta; no es asesoría legal.
Fuentes
- Ordenanza 734-MSB
- D.S. 085-2003-PCM, estándar nacional de calidad ambiental para ruido
- Municipalidad de San Borja en gob.pe (actualizado el 10 de julio de 2026)
- Municipalidad de San Borja en gob.pe (actualizado el 12 de junio de 2026)
- Ordenanza 2419-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima
- D.S. 002-2018-PCM, reglamento de inspecciones técnicas de seguridad
Antes de cotizar
Tres guías que te ahorran la primera llamada
Preguntas
Antes de montar
en San Borja.
¿Cuál es la norma de ruido en San Borja?
La Ordenanza 753-MSB, aprobada el 14 de agosto de 2026. Fija el día de 7:01 a 22:00 y la noche desde las 22:01; los límites en decibeles están en un anexo, y la referencia nacional es de 60 dB de día y 50 de noche en zona residencial.
¿Se pueden hacer eventos corporativos en San Borja?
Sí. Oficinas, sedes institucionales y centros de convenciones del distrito reciben eventos corporativos; el local fija sus propios horarios de montaje y aforo, que incorporamos al cronograma.
¿Con cuánta anticipación se pide una activación en un espacio público de San Borja?
Con un mínimo de 20 días hábiles. La solicitud va dirigida al alcalde, con atención a la Oficina General de Imagen Institucional, con una memoria descriptiva (finalidad, número de personas, lugar, fecha y hora) y declaraciones juradas. La evalúa el Comité de Eventos y, aprobada, se paga la tasa y la carta llega en hasta 20 días hábiles. Horario: de lunes a sábado de 8:00 a 20:00 y domingos de 8:00 a 13:00. Consultado el 5 de octubre de 2026.
¿Qué se necesita para un espectáculo público de hasta 3 000 personas en San Borja?
Los requisitos que lista la página oficial: formato de declaración jurada de espectáculos, certificado ITSE, póliza de responsabilidad civil sin franquicia y número de la resolución de la ECSE. La autorización temporal se emite en hasta 5 días hábiles.
¿Brasa organiza eventos en San Borja?
Sí: eventos corporativos, aniversarios de empresa y celebraciones familiares, con visita técnica y revisión de la norma vigente antes de cotizar.
Cuéntanos qué
celebras en San Borja.
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